09. Establece exigencia patrimonial y monto de garantías que deben otorgarse a favor de la Dirección General del Territorio Marítio y de Marina Mercante, para desempeñarse como agente de naves, en los puertos del litoral de la República.
D.G.T.M. Y M.M. Ord. N° 12095/01/1 Vrs., del 4 de enero de 2024.