27. Delega en el Gobernador Marítimo de Puerto Montt, la facultad para representar a la Autoridad Marítima ante el Ministerio de Obras Públicas, Dirección de Obras Portuarias, Consorcio Constructor o cualquier otra entidad, en lo trámites referentes a la construcción del puente Chacao durante su construcción y puesta en funcionamiento.
D.G.T.M. Y M.M. Ord. N° 12600/419 Vrs., del 22 de octubre de 2018.