Licencias deportivas náuticas
Documento mediante el cual la Autoridad Marítima otorga la autorización para practicar alguna de las actividades deportivas náuticas que se indican: De Navegación: Capitán Deportivo de Alta Mar Capitán Deportivo Costero Patrón Deportivo de Bahía De Buceo: Buceador Deportivo Autónomo
DESCRIPCIÓN
Documento mediante el cual la Autoridad Marítima otorga la autorización para practicar alguna de las actividades deportivas náuticas que se indican:
De Navegación:
- Capitán Deportivo de Alta Mar
- Capitán Deportivo Costero
- Patrón Deportivo de Bahía
De Buceo:
- Buceador Deportivo Autónomo
BENEFICIARIOS
Personas naturales chilenos. Los requisitos para obtener esta licencia son los siguientes:
Licencias Deportivas Náuticas de Navegación
- 14 años para Patrón Deportivo de Bahía (edad mínima).
- 17 años para Capitán Deportivo Costero (edad mínima).
- 18 años para Capitán Deportivo de Alta Mar (edad mínima).
- Tener condiciones físicas compatibles con el ejercicio de la actividad deportiva náutica de que se trata.
- Aprobar los cursos de competencia o exámenes, necesarios conforme lo dispuesto en Reglamento General de Deportes Náuticos.
- Para la Licencia de Capitán Deportivo de Alta Mar presentar, además, la licencia de Capitán Deportivo Costero, con una antigüedad mínima de 1 año.
Para la Licencia de Buceador Deportivo Autónomo:
- Edad mínima, 16 años.
- Poseer condiciones físicas compatibles con el ejercicio de la actividad deportiva náutica de que se trata.
- Aprobar los cursos de competencia o exámenes, necesarios conforme lo dispuesto en el Reglamento General de Deportes Náuticos.
DOCUMENTOS REQUERIDOS
- Solicitud.
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- 2 fotografías en color de 4 X 4 cms.
- Certificado médico que acredite poseer condiciones físicas compatibles con el ejercicio de la actividad deportiva náutica de que se trata.
- Tratándose de menores de edad, autorización notarial del padre, madre o guardador, según corresponda.
- Si es perteneciente al sistema de Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), un certificado de su respectiva AFP que indique que no ha sido jubilado por invalidez.
PASO A PASO: CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE
- En las Capitanías de Puerto a lo largo del país.
- Por internet en www.directemar.cl está disponible el Formulario estándar de solicitudes .
El resultado del trámite será la Licencia considera la entrega de:
- Resolución de otorgamiento de licencia (formulario DGTM 400).
- Tarjeta de Identidad Profesional (TIP), de color gris.
TIEMPO DE REALIZACIÓN
El plazo de entrega es de cinco días hábiles.
COSTO DEL TRÁMITE:
- Verificar valor en Reglamento de Tarifas y Derechos, publicado en DIRECTEMAR.
- Pagar valor del dólar del día, pagaderos en moneda nacional, en la misma Capitanía de Puerto, sucursales Banco BCI o Caja Vecina Banco Estado.