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Equipamiento


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El equipo de a bordo utilizado para transmitir información LRIT debe ser de un tipo aprobado por la Administración.

Las pruebas de conformidad deben ser realizadas por la Administración o por un Proveedor de Servicios de Aplicación (ASP) reconocido o autorizado para efectuar pruebas en su nombre. La autorización vigente debe verificarse en la información oficial comunicada por cada Administración y en la lista publicada por la OMI. El CD Chile, ha reconocido a la empresa CLS como el proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) de pruebas del Estado Chileno, y emitirá informes de pruebas de conformidad (Conformance Test Report - CTR) en nombre de Chile.

El equipo de a bordo utilizado para LRIT puede ser cualquier terminal de comunicaciones capaz de transmitir automáticamente la información requerida, sin intervención humana, al Centro de Datos LRIT seleccionado por la Administración. El medio de comunicación debe proporcionar cobertura en todas las áreas donde opere el buque.

La información LRIT que debe transmitir el buque se especifica en la regla V/19-1.5 del Convenio SOLAS y se limita a:

  • Identidad del buque
  • Posición del buque (latitud y longitud)
  • Fecha y hora correspondientes a la posición proporcionada 

Además, el equipo de a bordo debe ser capaz de:

Transmitir automáticamente la información LRIT cada 6 horas; ser configurado de forma remota para transmitir a intervalos variables; responder a solicitudes de posición bajo demanda (polling); e interconectarse con un sistema global de navegación por satélite (GNSS), como GPS, o disponer de una capacidad interna de posicionamiento.

El equipo también debe cumplir los requisitos ambientales y de instalación aplicables, incluidos los requisitos generales para equipos radioeléctricos de a bordo establecidos en la resolución A.694(17) de la OMI.