Usted está en:
Cumplimiento del Código Internacional para la Protección de Buques y de Instalaciones Portuarias (Código PBIP)
Chile es país contratante del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida en el Mar (SOLAS) y, a través del Decreto (MINREL) N°71 del 31 de marzo de 2005, el Código PBIP y el Capítulo XI-2 del Convenio, pasan a ser parte integrante del ordenamiento jurídico nacional.
Mantener un nivel adecuado de protección en las instalaciones portuarias y buques, permite alcanzar los estándares nacionales e internacionales que exige el comercio marítimo, contribuyendo a dar pleno cumplimiento a los acuerdos que Chile ha suscrito ante la Organización Marítima Internacional y la comunidad marítima internacional.
Correo contacto: [email protected]PBIP BUQUES
Instrucciones DIRSOMAR | |
Procedimiento para aprobación y tramitación de Evaluación de Protección, Plan de Protección y obtención de Certificado Estatutario de Buques. | |