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Cumplimiento del Código Internacional para la Protección de Buques y de Instalaciones Portuarias (Código PBIP)

Chile es país contratante del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida en el Mar (SOLAS) y, a través del Decreto (MINREL) N°71 del 31 de marzo de 2005, el Código PBIP y el Capítulo XI-2 del Convenio, pasan a ser parte integrante del ordenamiento jurídico nacional.


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Mantener un nivel adecuado de protección en las instalaciones portuarias y buques, permite alcanzar los estándares nacionales e internacionales que exige el comercio marítimo, contribuyendo a dar pleno cumplimiento a los acuerdos que Chile ha suscrito ante la Organización Marítima Internacional y la comunidad marítima internacional.

Correo contacto:  [email protected]

PBIP BUQUES

Instrucciones DIRSOMAR
Procedimiento para aprobación y tramitación de Evaluación de Protección, Plan de Protección y obtención de Certificado Estatutario de Buques.

PBIP INSTALACIONES PORTUARIAS

Instrucciones DIRSOMAR
Recomendaciones Prácticas O.M.I. sobre Protección en los Puertos.
Procedimiento para aprobación y tramitación de Evaluación (EPIP), Plan (PPIP) y obtención de Certificado Estatutario (Declaración de Cumplimiento de la Instalación Portuaria)
Formato de contenido de una Evaluación de Protección de Instalacion Portuaria (EPIP) y anexo con métodos de análisis de riesgos para EPIP Imagen foto_00000003
Formato de contenido de un Plan de Protección de Instalación Portuaria (PPIP)
Organizaciones de Protección Reconocidas O.P.R.
Directrices para autorización de Organizaciones de Protección Reconocidas que actúan en nombre de la Autoridad Marítima.
Listado de Organizaciones de Protección Reconocidas (O.P.R.) vigentes.

INFORMACIÓN OMI DE INTERÉS

Directrices sobre formación y familiarización con los aspectos de protección del personal de las instalaciones portuarias.
Resolución OMI sobre Ciberseguridad.
Directrices sobre gestión de riesgos cibernéticos marítimos.
Directrices para la prevención y supresión del contrabando de drogas.