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Martes 5 de junio de 2018

Participación del Director de Seguridad y Operaciones Marítimas en el Comité de Seguridad Marítima MSC 99 de la OMI.


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El Director de Seguridad y Operaciones Marítimas Comodoro LT. Eric Solar Olavarría, participó recientemente entre el 16 y 25 de mayo del presente año en las reuniones del Comité de Seguridad Marítima (MSC 99) en la sede de la OMI en Londres, Inglaterra.
Los temas más relevantes que se trataron en dicha oportunidad fueron:
Medidas para incrementar la protección marítima.
Medidas de seguridad aplicables a los buques no regidos por el Convenio SOLAS que operan en aguas polares.
Transporte de cargas y contenedores.
Implantación de los instrumentos de la OMI.
Proyecto de construcción del buque.
Prevención y lucha contra la contaminación.
Navegación, comunicaciones y búsqueda y salvamento. En esta oportunidad, EE.UU. propició el ingreso de un nuevo sistema satelital (IRIDIUM) al SMSSM, el cual brindaría diversas bondades al sistema, ampliando la cobertura satelital. Chile ha apoyado esta moción.
Sistemas de equipos del buque.
Actos de piratería y robos a mano armada perpetrados contra naves y
Migración mixta en condiciones peligrosas por mar. 

¿Qué es el Comité de Seguridad Marítima (MSC)?
El Comité de Seguridad Marítima es el más alto órgano técnico de la Organización. Está integrado por todos los miembros. Entre las funciones del Comité de seguridad marítima se incluye "examinar todas las cuestiones que sean competencia de la organización en relación con ayudas a la navegación, construcción y equipo de buques, dotación desde un punto de vista de seguridad, reglas destinadas a prevenir abordajes, manipulación de cargas peligrosas, procedimientos y prescripciones relativos a la seguridad marítima, información hidrográfica, diarios y registros de navegación, investigación de siniestros marítimos, salvamento de bienes y personas, y toda otra cuestión que afecte directamente a la seguridad marítima".
Asimismo, al Comité le incumbe la obligación de establecer el sistema necesario para el desempeño de los cometidos que le asigne el Convenio constitutivo de la OMI o los que, dentro de su ámbito de competencia, puedan serle asignados por aplicación directa de cualquier instrumento internacional o en virtud de lo dispuesto en el mismo, y que sean aceptados por la Organización. También le corresponde examinar y presentar recomendaciones y directrices relativas a la seguridad para su posible adopción por la Asamblea.
El Comité de seguridad marítima ampliado adopta enmiendas a convenios como el SOLAS y se compone de todos los Estados Miembros, así como de países que sean Parte en los convenios como el SOLAS, aun cuando no sean Estados Miembros de la OMI.