Click acá para ir directamente al contenido
Usted está en:
Miércoles 10 de noviembre de 2021

26.-¿Cómo solicito la fijación de línea de la playa oficial?

En el caso de que no exista la línea de playa fijada por resolución, el requirente deberá efectuar el correspondiente levantamiento, solicitando una inspección en terreno a la Dirección de Intereses Marítimos y de Medio Ambiente Acuático (DIRINMAR), a lo menos con 15 días hábiles de anticipación a la fecha del trabajo, a través de la página web de DIRECTEMAR, banner O.I.R.S. (Oficina de Información , Reclamos y sugerencias) , indicando el sector, comuna, provincia, y región, especificando mediante coordenadas Geográficas o UTM (WGS-84), los puntos de inicio y términos del área a inspeccionar.   La Dirección de Intereses Marítimo y Medio Ambiente Acuático (DIRINMAR) coordinará la asistencia de profesionales del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) y de la Autoridad Marítima Local (Capitanía de Puerto del lugar), objeto verifique los procedimientos de levantamiento y el trazado de las líneas de la playa y de más baja marea.   El trabajo debe ser ejecutado por empresas o profesionales competentes en esta área, conforme a los procedimientos técnicos establecidos en las publicaciones S.H.O.A. N°s. 3104 Y 3109, en lo que fuere aplicable, los que se encuentran disponibles en la página web: www.shoa.cl , banner “Descargas”, ”Descarga de Publicaciones Gratuitas” o en el link: http://www.shoa.cl/php/descargas.php?tipo=gratuita .   Efectuado el trabajo, deberá remitirse a DIRINMAR, el plano e informe técnico respectivo, respaldado en archivo digital, el que será enviado al SHOA para su revisión y aprobación técnica.   Aprobado el estudio, DIRECTEMAR fijará, mediante una resolución, la línea de la playa oficial del lugar, remitiéndole al solicitante copia de éste con su correspondiente plano.


Imprimir artículo A- A+