8.-¿Cuál es el Régimen Jurídico de las concesiones marítimas?
a.-Las concesiones mayores, menores, destinaciones marítimas, permisos y autorizaciones se regirán por las disposiciones de la Ley sobre Concesiones Marítimas y del Reglamento sobre Concesiones Marítimas, y por las reglas, particulares, que se establezcan en el correspondiente decreto o resolución de otorgamiento. b.-En el caso de que las concesiones mayores, menores, destinaciones, permisos y autorizaciones estén regidas por disposiciones legales especiales, se someterán a dicha normativa. c.-Las concesiones se otorgarán sin perjuicio de los estudios, declaraciones, permisos o autorizaciones que los concesionarios deban obtener de los organismos públicos para la ejecución de ciertas obras, proyectos, actividades o trabajos, de acuerdo con las leyes o reglamentos vigentes, incluidos los de impacto ambiental cuando corresponda, los que son de su exclusiva responsabilidad.