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Viernes 12 de noviembre de 2021

26.-¿Si una persona que postula a obtener algún tipo de acreditación en el Sistema de Seguridad Privada Marítimo-Portuaria y en su Registro de Condena presenta el delito de Deserción Simple en tiempo de paz, Art. 314 N° 1, sancionado en el Art. 317, del código Justicia Militar, ¿puede ser acreditado?

No puede, ya que como requisito se establece: “No encontrarse actualmente acusado o haber sido condenado por crimen o simple delito”.


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