Jueves 15 de septiembre de 2011
01. Otorga a los Oficiales de Máquinas titulados conforme a las normas del reglamento aprobado por D.S. (M) Nº 90 de 1999, que así lo soliciten y que cumplan con los tiempo de embarco en las calidades respectivas, que en cada caso establece el reglamento aprobado por D.S. (M) Nº 680 de 1985, el título equivalente al que poseen, para embarcarse en naves o buques de pesca.
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