CP Chacabuco
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/565 Vrs., del 2 de junio de 2022. Define condiciones de puerto y establece restricciones y responsabilidades ante avisos y variaciones de tiempo en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Chacabuco.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/384 Vrs., del 04 de abril de 2022. Habilita la operación del muelle Huillín, de la empresa portuaria Chacabuco.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/383 Vrs., del 04 de abril de 2022. Habilita la operación de los frentes de atraque de la Empresa Portuaria Chacabuco.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/1159 Vrs., del 18 de noviembre de 2021. Habilita la operación de los frentes de atraque de Puerto Oxxean Chacabuco.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/742 Vrs., del 02 de agosto de 2021. Establece procedimientos y condiciones de seguridad para transporte, almacenamiento y transferencia de mercancías peligrosas a bordo de naves, artefactos navales y centros de cultivo.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.100/1264 Vrs., del 30 de diciembre de 2020. Habilita Práctico Oficial, para efectuar maniobras de practicaje en Bahía Puerto Chacabuco.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/127 Vrs., del 20 de diciembre de 2020. Establece disposiciones respecto a recalada de embarcaciones menores con zarpes otorgados en Capitanía de Puerto de Chacabuco.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/1166 Vrs., del 09 de diciembre de 2020. Establece puntos de fondeo en la Bahía de Chacabuco.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/876 Vrs., del 09 de septiembre de 2020. Dispone la obligatoriedad de informar accidentes e incidentes en área Marítimo-Portuaria, suspensión de faenas e informe de accidente en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Chacabuco, que afecten a personal de nacionalidad Chilena o Extranjera.
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C.P. Chacabuco Ord. N° 12.000/135 Vrs., del 31 de enero de 2020. Establece condiciones e instrucciones de seguridad para la operación de naves y embarcaciones auxiliares en Bahía San Rafael, Río Témpano y Laguna San Rafael.
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CIRCULAR MARÍTIMA N° 12.600/121, del 07 de febrero de 2017. Establece procedimientos y condiciones de seguridad para el transporte, almacenamiento y transferencia de combustible a bordo de naves menores y centros de cultivo, en jurisdicción Capitanía de Puerto de Chacabuco.
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CIRCULAR MARÍTIMA N° 12.600/85/2009. Dispone normas de seguridad, procedimientos y directrices, amparadas en la legislación y reglamentación marítima vigente, que deben cumplir las empresas que poseen y operen centros de cultivos en aguas jurisdiccionales de la Capitanía de Puerto Chacabuco.
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