Acreditación de organismos educacionales que imparten cursos del Área Marítima y Portuaria
Descripción: Resolución de autorización emitida por DIRECTEMAR que aprueba programas de cursos marítimos y portuarios impartidos por organismos técnicos de capacitación (OTEC).
DESCRIPCIÓN
Descripción:
Resolución de autorización emitida por Directemar que aprueba programas de cursos marítimos y portuarios impartidos por organismos técnicos de capacitación (OTEC).
En que consiste:
Este procedimiento de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR), permite acreditar a Organismos Técnicos Educaciones para que dicten cursos del ámbito marítimo y portuario, mediante la aprobación de un expediente que contenga los documentos indicados en el párrafo documentos requeridos.
BENEFICIARIOS
A todas las personas naturales o jurídicas que habiéndose constituido como OTEC a través del Sence, pretendan dictar cursos del ámbito marítimo y portuario, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar en posesión de la Resolución del, SENCE, que acredite a la entidad como OTEC.
- Estar acreditados bajo la Norma Chilena de Calidad NCH 2728, Ley N° 19.967.
DOCUMENTOS REQUERIDOS
Los documentos requeridos para realizar este procedimiento están indicados en la Resolución 12.600/1963, de fecha 07 de Julio del 2003.
PASO A PASO: CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE
- En cualquier Capitanía de Puerto del país.
- En las Gobernaciones Marítimas a lo largo del país.
- El resultado del trámite será: Emisión de la Resolución de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR), que aprueba el programa de curso solicitado por el Organismos Técnico de Capacitación.
TIEMPO DE REALIZACIÓN
El tiempo va a depender de las observaciones que mereciere el expediente presentado, de la región desde donde se remite a la Dirección Técnica, y de la rapidez del usuario en levantar las observaciones. Sin observaciones, 15 días hábiles.
COSTO DEL TRÁMITE:
- Verificar valor en Reglamento de Tarifas y Derechos, publicado en DIRECTEMAR.
- Pagar valor del dólar del día, pagaderos en moneda nacional, en la misma Capitanía de Puerto, sucursales Banco BCI o Caja Vecina Banco Estado.