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Acreditación Jefe de Seguridad Privada Marítimo Portuario

La Autoridad Marítima, como Autoridad Fiscalizadora es la encargada de acreditar a las personas que se desempeñan como Jefes de Seguridad Privada Marítimo Portuaria.


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DESCRIPCIÓN:

Experto que domina y conoce las materias inherentes a seguridad privada y le corresponderá el ejercicio de las funciones descritas en el art. 2º del Decreto Nº1.122/1998. Las Entidades Portuarias estratégicas u otros espacios sometidos al control de la DIRECTEMAR, que cuenten con Vigilantes Privados, deben contar con un Jefe de Seguridad. En Instalaciones Portuarias u otras que no cuenten con Vigilantes Privados, podrán solicitar la acreditación de un Jefe de Seguridad.

VIGENCIA: 2 años, renovables.

REQUISITOS:

  • Cumplir los requisitos exigidos en el art. 11 del Decreto Nº 1.773/1994, de Vigilantes Privados.
  • Tener 21 años, a lo menos. Presentar fotocopia de la cédula nacional de identidad por ambos lados.
  • Tener condiciones físicas y psíquicas compatibles con las labores por desempeñar, especialmente en lo relativo al control de impulsos.
    En el caso de las condiciones físicas, presentar certificado médico. Para el caso de las condiciones psíquicas, presentar certificado extendido por un Psiquiatra o Psicólogo, refiriéndose específicamente al control de impulsos.
  • Haber cursado la Educación Media o su equivalente, debiendo presentar certificado de aprobación en original.
    Para extranjeros: Presentar certificado de estudios legalizado por el Ministerio de Educación o Autoridad competente del país donde se realizaron los estudios, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Embajada o Consulado de Chile en el respectivo país. (Documento debe ser apostillado, Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961). Lo anterior corresponderá; tanto para la formación como perfeccionamiento.
  • Certificado de Antecedentes para Fines Especiales, con vigencia de 30 días, para comprobar idoneidad cívica. No encontrarse actualmente acusado o haber sido condenado por crimen o simple delito; y no haber sido sancionado por actos de violencia intrafamiliar, de acuerdo con la Ley N° 20.066.
  • Declaración Jurada Notarial, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales 6, 7, 8 y 9 del artículo quinto, Título I, del Decreto N° 867/2017.
  • En caso de haber prestado servicios en las Fuerzas Armadas, en las Fuerzas de Orden y Seguridad o en Gendarmería de Chile, no haber dejado de pertenecer a éstas por sanciones o medidas disciplinarias. Presentar certificado Institucional que indique el motivo del retiro.
  • Haber aprobado los exámenes de los cursos de capacitación que señale la Autoridad Marítima, incluyéndose un curso sobre manipulación de armas, al desempeñarse en instalaciones que cuenten con Vigilantes Privados. En el caso de los funcionarios en retiro de las FF.AA., de Carabineros, PDI o Gendarmería, no será necesaria la aprobación de este curso.
  • Manejar el idioma castellano.
  • En caso de ser extranjero, contar con permanencia definitiva, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 1.094/1975, y su reglamento. Demostración mediante la presentación de la Cédula Nacional de Identidad.
  • Acreditar título de Universidad o Instituto Profesional reconocido por el Ministerio de Educación; o título otorgado por las respectivas FF.AA., Carabineros, PDI o Gendarmería de Chile en relación a materias de sgeuridad privada.
  • Poseer grado académico de magíster o diplomado en Seguridad Privada, igual o superior a 400 horas académicas, impartido por un establecimiento de estudios superiores o un organismo técnico de capacitación reconocido por el Ministerio de Educación. En cuanto a la acreditación de antecedentes académicos en materias de Seguridad Privada, debe presentarse en original.
  • Poseer Curso OMI 3.21 "Oficial de Protección de Instalaciones Portuarias", aprobado, para postular a jefe de seguridad de entidades portuarias.
  • Curriculum vitae, el cual debe contener nombres y apellidos, número cédula de identidad, domicilio, teléfonos particulares y correos electrónicos, entre otros
  • Certificado antecedentes comerciales para fines especiales (art. 5°, Ley Nº 20.575/2012), objeto acreditar requisito de idoneidad moral. No debe presentar obligaciones vencidas y no pagadas.
  • Copia del Contrato de Trabajo, en original o autenticado ante notario.
  • Presentar tres fotografías de tamaño 2,5 X 3,0 cms., fondo celeste y sin anotaciones

TIEMPO DE REALIZACIÓN:
Dos días hábiles.

COSTO DEL TRÁMITE: