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Lunes 4 de abril de 2022

Estudios de maniobrabilidad

Descripción: Documento técnico que contiene la descripción de detalle de las maniobra que efectúa una nave para ingresar, permanecer y salir de una instalación portuaria de naves mayores. Es necesario para autorizar su operación.


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DESCRIPCIÓN

Descripción:

Documento técnico que contiene la descripción de detalle de las maniobra que efectúa una nave para ingresar, permanecer y salir de una instalación portuaria de naves mayores. Es necesario para autorizar su operación.
En que consiste:

La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar) autoriza la operación de instalaciones portuarias de naves mayores, previa presentación -por parte del operador- del documento técnico contiene la descripción de detalle de las maniobra que efectúa una nave para ingresar, permanecer y salir de la instalacion.

El documento define y justifica técnicamente las las maniobras de recalada, amarre y zarpe que efectúan las naves en los puertos y terminales marítimos.

La vigencia de los estudios aprobados es permanente y sólo se modifica si se realizan cambios estructurales y operacionales.
BENEFICIARIOS

Empresas propietarias o administradoras de instalaciones portuarias, que cumplan con los siguientes requisitos:

El informe debe incluir:

Datos de identificación:

  • Nombre del proyecto.
  • Empresa propietaria de proyecto.
  • Antecedentes del consultor que elaboró los estudios técnicos (nombre, teléfono, fax, correo electrónico, etc).

Descripción del proyecto:

  • Objetivo del proyecto, descripción del proyecto, descripción general de las instalaciones y equipamiento, descripción general de la forma de operación en las instalaciones portuarias.
  • Ubicación geográfica: región, distancia a ciudades cercanas, distancia a puertos o terminales marítimos vecinos, etcétera.
  • Plano general de ubicación del proyecto.
  • Tipo de operaciones que efectuará, es decir, faenas de carga y/o descarga, carga a movilizar, volúmenes de carga proyectados a movilizar, si es carga peligrosa indicar tipo y clasificación OMI, frecuencia estimada de llegada de naves a efectuar transferencia de carga al puerto o terminal.

Nave Tipo:

La verificación de los cálculos del estudio técnico se podrá efectuar para una nave de características específicas y conocidas, o bien, para una nave Tipo.

Nave Tipo conocida:

  • Tipo de nave.
  • Manga.
  • Puntal.
  • Eslora total.
  • Eslora entre perpendiculares.
  • Desplazamiento en lastre.
  • Desplazamiento a máxima carga.
  • Calado considerando el desplazamiento en lastre.
  • Calado considerando el desplazamiento a máxima carga.
  • Deadweight DWT o peso muerto.
  • Sistemas de propulsión y gobierno de la nave y si posee empujadores laterales.

Nave Tipo teórica:

  • Condiciones de vientos, mareas, corrientes, oleaje, sondaje, y detalles del fondo de mar.
  • Para los estudios de Maniobrabilidad y Dimensionamiento de los Elementos de Fondeo, se deberá adjuntar la correspondiente resolución aprobatoria de la Memoria de Cálculo del proyecto por parte de la Dirección de Obras Portuarias.

DOCUMENTOS REQUERIDOS

  • Informe de maniobrabilidad.
  • Plano general de la ubicación del proyecto.
  • Resolución aprobatoria de la Memoria de Cálculo del proyecto por parte de la Dirección de Obras Portuarias, si corresponde.

PASO A PASO: CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE

  • En la Capitanía de Puerto respectiva.
  • El resultado del trámite será: Resolución que aprueba o rechaza el estudio de maniobrabilidad.

TIEMPO DE REALIZACIÓN

  • Entre 20 y 30 días para que las Capitanías de Puerto revisen el estudio y antecedentes presentados y los remira a la Dirección General de Directemar.
  • 30 días para la revisión y resolución de la Dirección General.

COSTO DEL TRÁMITE: