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Lunes 4 de abril de 2022

Inscripción de naves menores deportivas

Descripción: Inscripción de una embarcación de 50 o menos toneladas de registro grueso (TRG), en los Registros de Matrícula de Naves Menores.


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DESCRIPCIÓN

Descripción:

Inscripción de una embarcación de 50 o menos toneladas de registro grueso (TRG), en los Registros de Matrícula de Naves Menores.


EN QUÉ CONSISTE

La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) inscribe, a solicitud de la persona interesada, una embarcación deportiva en los Registros de Matrícula de Naves Menores, que están a cargo de los Capitanes de Puerto y en los que aparecen las embarcaciones deportivas de 50 o menos toneladas de registro grueso (TRG).

Una vez realizada la inscripción se emite un certificado que contiene:

  • Nombre de la embarcación.
  • Número de matrícula.
  • Nombre de la persona a cuyo favor aparece inscrita.
  • Tonelaje.
  • Principales características.

BENEFICIARIOS

Personas naturales o jurídicas que sean deportistas náuticos, propietarios o armadores de embarcaciones menores deportivas. que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Presentar la documentación.

DOCUMENTOS REQUERIDOS

  • Solicitud de Inscripción de Naves Deportivas Menores.
  • Títulos de la nave, de conformidad con los artículos 831 y 832 del Código de Comercio.
  • Documentos aduaneros de internación, en caso de que se trate de una nave adquirida en el extranjero.

PASO A PASO: CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE

En la Capitanías de Puerto correspondiente.

El resultado del trámite será:

  • Certificado de Matrícula de la embarcación.
  • Certificado de Seguridad de la embarcación.

TIEMPO DE REALIZACIÓN
48 horas hábiles después de la presentación de los documentos y pagos correspondientes.

COSTO DEL TRÁMITE: