Inscripción de naves menores deportivas
Descripción: Inscripción de una embarcación de 50 o menos toneladas de registro grueso (TRG), en los Registros de Matrícula de Naves Menores.
DESCRIPCIÓN
Descripción:
Inscripción de una embarcación de 50 o menos toneladas de registro grueso (TRG), en los Registros de Matrícula de Naves Menores.
EN QUÉ CONSISTE
La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) inscribe, a solicitud de la persona interesada, una embarcación deportiva en los Registros de Matrícula de Naves Menores, que están a cargo de los Capitanes de Puerto y en los que aparecen las embarcaciones deportivas de 50 o menos toneladas de registro grueso (TRG).
Una vez realizada la inscripción se emite un certificado que contiene:
- Nombre de la embarcación.
- Número de matrícula.
- Nombre de la persona a cuyo favor aparece inscrita.
- Tonelaje.
- Principales características.
BENEFICIARIOS
Personas naturales o jurídicas que sean deportistas náuticos, propietarios o armadores de embarcaciones menores deportivas. que cumplan con los siguientes requisitos:
- Presentar la documentación.
DOCUMENTOS REQUERIDOS
- Solicitud de Inscripción de Naves Deportivas Menores.
- Títulos de la nave, de conformidad con los artículos 831 y 832 del Código de Comercio.
- Documentos aduaneros de internación, en caso de que se trate de una nave adquirida en el extranjero.
PASO A PASO: CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE
En la Capitanías de Puerto correspondiente.
El resultado del trámite será:
- Certificado de Matrícula de la embarcación.
- Certificado de Seguridad de la embarcación.
TIEMPO DE REALIZACIÓN
48 horas hábiles después de la presentación de los documentos y pagos correspondientes.
COSTO DEL TRÁMITE:
- Verificar valor en Reglamento de Tarifas y Derechos, publicado en DIRECTEMAR.
- Pagar valor del dólar del día, pagaderos en moneda nacional, en la misma Capitanía de Puerto, sucursales Banco BCI o Caja Vecina Banco Estado.