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LICENCIA BUCEO DEPORTIVO


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1.- Definición :

La licencia deportiva es el documento mediante el cual la Autoridad Marítima otorga la autorización a una persona natural, chileno o extranjero que cumplan los requisitos, para practicar una actividad náutico deportiva regulada por el Reglamento General de Deportes Náuticos, aprobado por D.S. (M) Nº 87 del 14.MAY.1997 y sus posteriores actualizaciones.

En el caso de las actividades subacuáticas, la licencia de Buceador Deportivo Autónomo (B.D.A.) es otorgada por resolución en todas las Capitanías de Puerto en el país.

2.- Oficina de Deportes Náuticos en Santiago:

La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante inauguró el 22 de enero de 2015 la Oficina de Deportes Náuticos en Santiago, la que dependiendo de la Capitanía de Puerto de Valparaíso, tiene la misión de acercar a los deportistas náuticos de la Región Metropolitana, las siguientes acciones:

• Constituir una fuente de información, contacto y resolución de consultas.

• Obtener y renovar las licencias deportivas náuticas y la de Buceador Deportivo Autónomo;

• Inscribir e inspeccionar embarcaciones menores deportivas;

• Tramitación de registros de equipos de comunicaciones y de radio-balizas de localización de siniestros.

• Inspeccionar anualmente los equipos de buceo deportivo autónomo de las entidades de buceo deportivo autorizadas;

• Fiscalizar las entidades de capacitación náutica y buceo deportivo, así como, a las entidades de buceo recreativo guiado.

La Oficina de Deportes Náuticos en Santiago está ubicada en la Estación Naval Metropolitana, Portales Nº 4040, comuna de Quinta Normal, teléfonos +56 32 2208588 y +56 32 2208587, y el horario de atención es de Lunes a Viernes AM de 09:00 a 13:00 horas y PM de 14:00 a 16:00 horas.

3.- Requisitos para obtener Licencia B.D.A. (Buceador Deportivo Autónomo)

3.1. A través de una entidad de capacitación de buceo deportivo:

• Entregar el Certificado Médico para Deportistas Náuticos;

• Presentar la autorización notarial del Padre, Madre o Guardador en caso de menores de edad;

• Contar con edad mínima de 16 años;

• Participar del curso para adquirir las competencias que programa la entidad de capacitación;

• Aprobar los exámenes teórico y práctico del curso de competencia;

• Entregar una (1) fotografía color de 3x3 cms. con nombre completo y número de carné de identidad.

3.2. Directamente en las Capitanías de Puerto u Oficina de Deportes Náuticos de Santiago:

• Presentar una solicitud escrita (formulario disponible en las Capitanías de Puerto y Oficina de Deportes Náuticos en Santiago) junto a un Certificado Médico para Deportistas Náuticos; una Autorización Notarial del Padre, Madre o Guardador en caso de menores de edad; y una (1) fotografía carné en colores de 3x3 cms, con nombre completo y número de carné de identidad;

• Contar con la edad mínima de 16 años;

• Asistir y aprobar los exámenes teórico y práctico que tomen las Capitanías de Puerto u Oficina de Deportes Náuticos de Santiago, en las fechas que se establezcan para el año.

4.- Entidades de Capacitación en Buceo Deportivo.

Son academias de enseñanza, escuelas, institutos o personas naturales que están autorizadas por resolución de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante para impartir cursos de competencia necesarios y examinar a los postulantes que optan a la licencia B.D.A. (Buceador Deportivo Autónomo). Esta acreditación se fundamenta en el cumplimiento de requisitos reglamentarios de organización, capacitación, equipamiento y seguridad, cuya vigencia es indefinida salvo derogación por resolución fundada de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.

En su operación, deben cumplir estándares reglamentarios y se encuentran sometidas a las fiscalización de la Autoridad Marítima competente. La lista de entidades de capacitación en buceo deportivo vigentes, así como la nómina de entidades vigentes que están autorizadas para realizar buceo recreativo guiado (actividad de turismo aventura según Ley 20.423), se encuentran publicadas en www.directemar.cl - enlace Deportes Náuticos - Buceo Deportivo - Entidades Buceo Deportivo.

5.- Atributos de la Licencia B.D.A.

Faculta a su titular para desarrollar actividades de buceo deportivo o recreativo utilizando equipo autónomo. Deberá hacerlo siempre en un punto o área autorizada por la Autoridad Marítima y en pareja, durante las horas de luz (horario diurno entre el orto y el ocaso), hasta una profundidad y tiempo límite que no requieran descompresión y cumpliendo los estándares de seguridad fijados en la reglamentación vigente. La licencia podrá ser cancelada por resolución fundada de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, a quienes no sean considerados idóneos por incumplir los estándares de seguridad establecidos en la reglamentación, demostrar desconocimiento de los mismos o por la pérdida irreversible de las condiciones físicas compatibles con el ejercicio de la actividad.

6.- Materias que son examinadas para obtener La Licencia B.D.A.

Tanto en las entidades de capacitación de buceo deportivo como en los períodos de examinación que fijen durante el año las Capitanías de Puerto y la Oficina de Deportes Náuticos en Santiago, se realizan los siguientes exámenes:

• Examen teórico acerca de las siguientes materias: - Equipo de buceo autónomo. - Medidas de seguridad. - Tablas de descompresión. - Primeros Auxilios. - Física y fisiología del buceo.

• Examen práctico, uso y dominio del equipo autónomo a través de los ejercicios establecidos en la Circular D.G.T.M. Y M.M. Ord. Nº A-41/012.

7.- Vigencia de la Licencia B.D.A.

Las licencia de Buceador Deportivo Autónomo tiene una vigencia de 2 años.

8.- Procedimiento para la Renovación de la Licencia B.D.A.

Presentar directamente en cualquier Capitanía de Puerto del país o en la Oficina de Deportes Náuticos de Santiago:

• Una solicitud escrita (formulario disponible en las Capitanías de Puerto u Oficina de Santiago).

• El Certificado Médico para Deportistas Náuticos disponible en www.directemar.cl - enlace Deportes Náuticos - Buceo Deportivo - Novedades.

• Una (1) fotografía color de 3x3 cms. con nombre completo y número de carné de identidad.

• Pago del derecho correspondiente según lo establecido en el "Reglamento de Tarifas y Derechos de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante" y sus disposiciones complementarias.

ACTUALIZADO A : JUNIO DE 2015. CONSULTAS A : [email protected]

Nombre
Licencia de Buceador Deportivo Autónomo