Viernes 12 de noviembre de 2021
Preguntas Frecuentes
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9.-¿Las personas naturales podrán prestar servicios personales de seguridad privada, solicitando en forma independiente su credencial, para desempeñarse en forma particular con su respectiva boleta de honorarios o contrato directo con el empleador?
Sí, pero solo se puede solicitar credencial bajo el respaldo de una Directiva de Funcionamiento o bien bajo contrato de trabajo como Vigilante Privado presentado por una empresa con Estudio de Seguridad. Nunca se puede solicitar credencial como persona natural. Lo anterior, a excepción de los Asesores y Capacitadores en Seguridad Privada, quienes pueden desarrollar sus actividades en todo el territorio nacional, con el conocimiento de la Autoridad Marítima local donde desarrolle su actividad.
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2.-¿Las Directivas de Funcionamiento deben ser revisadas y comprobadas por las Capitanías de Puerto con una visita a terreno?
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